Comunicación UGT sobre Art. 44

Subrogación 106 trabajadoras y trabajadores a Eulen

Todo negocio empresarial debe de partir del objetivo de la consecución de beneficios con la venta y comercialización de bienes o servicios del ámbito económico en el que desarrolle la empresa su actividad y las personas que trabajan en ella están para la consecución de dichos objetivos mediante el desempeño de su trabajo. Es totalmente reprobable hacer negocios de manera sistemática mediante la compra/venta y el traspaso de personas entre empresas. 

La sucesión empresarial desde Huawei a una empresa multi-servicios de trabajadores y trabajadoras que previamente se incorporaron por el mismo procedimiento a la empresa, supone un paso atrás para el desarrollo profesional de cualquier persona. Recaer en un lugar que no se ha elegido libremente atenta contra la libertad del trabajador, a lo que hay que sumar el trato impersonal producto de esta situación. Bajo estas premisas en UGT estamos completamente en contra de estas prácticas empresariales, de dudosa ética, que entendemos abren la puerta a precarizar el empleo a través de sucesivas subrogaciones.

En cualquier caso, en UGT no vamos a eludir nuestra responsabilidad como sindicato mayoritario en Huawei. Vamos a focalizarnos en preservar el interés colectivo frente a otros más individuales. Consideramos que es importante preservar el empleo y entendemos que ese es el objetivo contemplado en el Art. 44 en el Estatuto de los trabajadores junto al mantenimiento de las condiciones de las personas afectadas, siempre que se cumpla con la legalidad y las condiciones necesarias para llevarlo a cabo.

Por todo ello, vamos a sentarnos a negociar con la empresa para buscar otras alternativas al Art. 44, y por otro lado, de continuar el proceso, las máximas garantías para asegurar que se mantengan y mejoren todas las condiciones actuales a la transferencia, en línea de mejorar los acuerdos alcanzados en procesos anteriores y que contaron con el apoyo de todas las fuerzas sindicales en la empresa y con la aceptación mayoritaria de las trabajadoras y trabajadores afectados.

Externalización trabajadores a Eulen

En aplicación del Art 44 del Estatuto de los Trabajadores

El pasado 29 de Octubre la empresa convocó a la RLT para el día 3 de Noviembre en relación con la apertura de una comisión negociadora para la puesta en común de la sucesión empresarial (aplicación del Art 44 del Estatuto de los Trabajadores) referida al negocio de FLM VODAFONE.

En la reunión del pasado miércoles, se nos informó de la previsión de la venta de la unidad productiva y activos pertenecientes a HUAWEI TECHNOLOGIES ESPAÑA S.L., referida, por un lado, al servicio de mantenimiento de la red fija de telefonía (FLM), situadas en las provincias de Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla y Málaga, al servicio de mantenimiento de la red móvil de las mismas provincias mencionadas junto al País Vasco, así como el grupo para la gestión de seguimiento de las incidencias y de repuestos en el FLM, para el cliente Vodafone a favor de EULEN, S.A, en la que desarrollan su actividad 106 trabajadores.

La fecha prevista de la transmisión es que se lleve a efecto durante el mes de Diciembre.

Los motivos dados por la empresa son, entre otros, debidos «a la variación del volumen de actividades en los servicios solicitados en el mantenimiento de red antes mencionada, la limitación existente en la obtención de otras sinergias, la adopción de medidas que permitan asegurar la calidad del servicio al cliente y el mantenimiento del empleo, sumado a que la actividad principal de Huawei no consiste en labores de mantenimiento de primer nivel de equipos de telecomunicaciones». Concluyendo, «Por ello, y ante la necesidad de hacer lo posible para el mantenimiento del empleo, se considera conveniente la externalización en las áreas geográficas determinadas, del servicio de mantenimiento de la red fija y móvil de telefonía completando la transmisión efectuada hace dos años para el resto del territorio nacional, a favor de la misma compañía, EULEN, S.A.

Sirva esta comunicación para manteneros inicialmente informados sin entrar a realizar más valoraciones al respecto, las cuales consideramos que deberemos realizar en un futuro cercano junto al resto de la representación sindical en la empresa.

Lotería de Navidad de UGT FICA Madrid

Os comunicamos que ya tenemos a vuestra disposición las participaciones de LOTERÍA DE NAVIDAD de UGT FICA Madrid con las que jugamos cada año los trabajadores de Huawei.

Este año jugamos con los números 87845 y 94656. El precio de la participación es de 10€ (se juegan 4,50€ en cada número, siendo el donativo* de 1€ por papeleta).

Agradeceríamos que se hicieran las reservas lo antes posible, con objeto de que nadie interesado se quede sin lotería.

Todos los interesados podéis contactar con la sección sindical de UGT en Huawei y os informaremos de las formas de hacer el pago y retirar las participaciones. Suerte!

* Donativo destinado al gasto de mantenimiento de la web ugthuawei.es

Convenio Colectivo del Comercio del Metal de Madrid

Constituida la mesa negociadora

Este 19 de Octubre ha quedado constituida la Mesa de Negociación del Convenio Colectivo del Comercio del Metal de la Comunidad de Madrid, integrada por la Asociación de Empresas del Metal de Madrid (AECIM) y representantes de los sindicatos de la Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CCOO).
 
Más de 150.000 personas de la Comunidad de Madrid, incluidos la mayoría de los trabajadores y trabajadoras de Huawei, se rigen por este Convenio. El texto que está en vigor caducó el pasado 31 de marzo de este año. UGT Huawei al igual que hace 4 años, es el único sindicato de la empresa que tendrá la oportunidad de participar directamente de las negociaciones a través de uno de sus Delegados.
 
La responsable de Acción Sindical de UGT de FICA Madrid junto al resto de integrantes de la mesa, han preparado un documento de propuestas, la plataforma reivindicativa, sobre la que se levantará el futuro convenio sectorial. Un punto de partida de lo que queremos y aunque sea difícil conseguirlo, no debemos renunciar a pedirlo a la patronal.
 
La plataforma reivindicativa propone que el futuro convenio tenga una vigencia de tres años; recoja un incremento salarial del 4% para el primer año y un 3% en cada ejercicio posterior con cláusula de revisión al IPC y que ningún salario esté por debajo de los 16.500 euros. Como no podía ser de otra manera, plantea eliminar la compensación y absorción; incrementar las dietas; fijar preavisos en los desplazamientos; reducir la jornada; llenar de contenido el real decreto sobre teletrabajo; impulsar la formación y cobrar el 100% en los casos de incapacidad temporal. UGT también pretende mejorar los permisos retribuidos; recoger en el articulado los que reconoce el Estatuto de los Trabajadores e incluir el derecho a la desconexión digital.
 
Lamentablemente no depende solo de nosotros disponer pronto de un buen convenio, la plataforma es ambiciosa y la negociación será complicada, porque afecta a algunas empresas de escaso tamaño, sin representación en muchos casos y con necesidades diferentes a la gran industria del metal. En cualquier caso la intención del sindicato, es meter el turbo, pisar el acelerador y situar las reuniones en el mínimo espacio de tiempo posible para no dilatar en exceso el proceso.
 

Acuerdo Especialistas

Evaluación del desempeño y retribución variable

UGT y el resto de Sindicatos que componen la representación legal de las personas trabajadoras en Huawei, hemos alcanzado un acuerdo con la empresa una vez que esta puso en marcha a principios de año una nueva división funcional organizativa sobre unos determinados puestos de trabajo denominados “Especialistas” y el cambio del sistema de evaluación del desempeño asociado a dichos puestos.

Ante estas circunstancias, desde UGT hemos buscado negociar en favor de la plantilla afectada, para dotar al proceso de las máximas herramientas y garantías posibles.

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Como siempre, si quieres recibir más información sobre este u otro asunto, estamos a vuestra disposición.

Información de la adaptación de Jornada

Comunicado Comité de Empresa de Madrid

Conciliación de la vida familiar y laboral

Desde el pasado 8 de marzo de 2019, con la publicación del RDL 6/2019, se introdujo una modificación en el Estatuto de los Trabajadores sobre un nuevo derecho de adaptación de la jornada en función de las necesidades de conciliación de la vida familiar y laboral. La solicitud puede abarcar desde la reducción de jornada, hasta el cambio de la distribución horaria y diaria de la jornada semanal (sin reducirla), la jornada flexible, la jornada irregular, la posibilidad de solicitar el trabajo a distancia, etc.

Art. 34.8 ET establece que “Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral. Dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la Empresa”.

En el caso de que tengan hijos o hijas, familiares a su cuidado o cualquier otra circunstancia amparada por la ley, las personas trabajadoras tienen derecho a efectuar dicha solicitud hasta que los hijos o hijas cumplan doce años o hasta que se extinga el mencionado cuidado o prestación. En la negociación colectiva se pactarán los términos de su ejercicio, que se acomodarán a criterios y sistemas que garanticen la ausencia de discriminación, tanto directa como indirecta, entre personas trabajadoras de uno y otro sexo. En su ausencia, la Empresa, ante la solicitud de adaptación de jornada, y con la posibilidad de que esta incluya el teletrabajo, abrirá un proceso de negociación con la persona trabajadora durante un periodo máximo de treinta días. Finalizado el mismo, la Empresa, por escrito, comunicará la aceptación de la petición, planteará una propuesta alternativa que posibilite las necesidades de conciliación de la persona trabajadora o bien manifestará la negativa a su ejercicio. En este último caso, se indicarán las razones objetivas en las que se sustenta la decisión. La persona trabajadora tendrá derecho a solicitar el regreso a su jornada o modalidad contractual anterior una vez concluido el periodo acordado o cuando el cambio de las circunstancias así lo justifique, aun cuando no hubiese transcurrido el periodo previsto.

Medida incluida en el II Plan de Igualdad de Huawei

Medida incluida en el II Plan de Igualdad que puede ser de interés como alternativa hasta que la empresa acceda a negociar el teletrabajo como una modalidad abierta a todos las personas que lo deseen.

Medidas que favorecen la corresponsabilidad familiar

6.1.2  Facilitar la adaptación horaria de la jornada, sin reducirla, para personas con cargas familiares (ascendientes y descendientes hasta el primer grado de consanguineidad o afinidad), de acuerdo con las personas que ostentan cargos de responsabilidad conforme a lo establecido legalmente.

Este punto recoge el derecho de las personas trabajadoras a solicitar la adaptación de la duración y distribución de la jornada de trabajo, sin necesidad de tener que reducirla, y consecuentemente, tampoco el salario, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, mediante la opción del teletrabajo, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa.

Una vez presentada la solicitud, la empresa tiene un plazo de 30 días para contestar y argumentar una posible negativa.

Lo cierto es que tras más de 1 año en situación de teletrabajo como consecuencia de la pandemia, ha quedado más que demostrado que esta forma de desarrollar la jornada laboral puede ser de aplicación a la mayoría de los puesto de trabajo en Huawei España. Ante esta situación, el Comité de Empresa, solicita a la Empresa que se facilite al máximo el teletrabajo para aquellos trabajadores y trabajadoras que así lo requieran y en el que su ejercicio ha sido posible durante la pandemia.

Agradeceros de nuevo vuestra participación y animaros a solicitarnos cualquier información o soporte que podamos ofreceros.

Resultado encuesta sobre la vuelta a la oficina

Comunicado Comité de Empresa de Madrid

Desde el Comité os queremos agradecer el tiempo que habéis dedicado a responder esta encuesta y nos comprometemos a trasladar las conclusiones a la empresa y pelear por el interés de toda la plantilla.

Aquí tenéis el resultado;

1.     ¿Cuál de estas opciones de desarrollar/organizar el trabajo prefieres?

A.    Trabajar desde casa a jornada completa.

30%

B.    Trabajar de forma presencial.

1%

C.    Una modalidad mixta, presencial/remota de 2-3 días a la semana.

58%

D.    Ninguna de las anteriores (indicar otra).

11%

2.     ¿Sabes que puedes solicitar una adaptación de jornada sin necesidad de reducirte tiempo que incluya el teletrabajo?

A.    Si, lo sabía.

5%

B.    No, no lo sabía y quiero recibir más información.

27%

C.    Prefiero que se negocie con la empresa una medida general y voluntaria de teletrabajo para toda la plantilla.

65%

D.    Ninguna de las anteriores (indicar otra).

3%

La mayoría de las respuestas marcadas como opción D de la primera pregunta inciden sobre una opción mixta, distancia/presencial en otras modalidades más flexibles.

Sobre la vuelta a la oficina de forma presencial

Comunicado Comité de Empresa de Madrid

Sobre la vuelta a la oficina de forma presencial, desde el Comité de Empresa queremos remarcar:

Según las comunicaciones que hemos mantenido con la empresa, la vuelta a la oficina es voluntaria. Esto es, entre las personas interesadas en acudir de forma presencial a la oficina el manager de cada departamento organizará, respetando esa voluntariedad, turnos rotatorios de 2-3 días hasta completar el aforo máximo previsto por planta y departamento. Aquellos que lo prefieran, pueden continuar con el modelo de Smart Working.

Ante esta situación, nos gustaría aprovechar la ocasión para hacer una pequeña encuesta entre la plantilla:

¿Cuál de estas opciones de desarrollar/organizar el trabajo prefieres?

  1. Trabajar desde casa a jornada completa.
  2. Trabajar de forma presencial.
  3. Una modalidad mixta, presencial/remota de 2-3 días a la semana.
  4. Ninguna de las anteriores (indicar otra).

¿Sabes que puedes solicitar una adaptación de jornada sin necesidad de reducirte tiempo que incluya el teletrabajo?

  1. Si, lo sabía.
  2. No, no lo sabía y quiero recibir más información.
  3. Prefiero que se negocie con la empresa una medida general y voluntaria de teletrabajo para toda la plantilla.
  4. Ninguna de las anteriores (indicar otra).

Podéis contestar este mismo correo con vuestras respuestas antes del próximo 15 de Septiembre. Desde El Comité garantizamos la confidencialidad de las mismas y os informaremos sobre el resultado lo antes posible.

Finalmente nos gustaría señalar la importancia de que se respeten y se sigan todas las medidas de prevención de la seguridad y salud indicadas.

Nuevos despidos en Huawei

UGT en defensa del empleo

Empezó el mes de Julio de la mejor manera posible, con el ejercicio democrático de elegir a la Representación Legal de los trabajadores y trabajadoras en Huawei Madrid para los próximos 4 años, con una gran participación, fruto sin duda de los tiempos de incertidumbre que vive la empresa y a pesar de la dificultad añadida de que la mayor parte de la plantilla se encuentra trabajando desde casa de forma prioritaria debido a la situación de la pandemia.

Termina el mes de la peor manera posible, con un balance negativo en cuanto a destrucción de empleo. 12 nuevos despidos que elevan la cuenta hasta los 33 en lo que llevamos de año y que sumados a las numerosas bajas voluntarias marcan un claro descenso en el número total de plantilla en Huawei. Números de ERE. Números que ya no se pueden justificar bajo una política de renovación de la plantilla relacionada con la valoración del desempeño y que indican que hay otras causas, un problema real de negocio que está afectando al empleo.  

Tras la sentencia favorable a un grupo de 5 trabajadores de Huawei al considerar el juez que habían sido despedidos en una decisión discriminatoria por razón de edad y que fue resuelta mediante un acuerdo económico que dejó sin efecto la readmisión de los trabajadores, salió una nueva sentencia, en este caso no favorable al trabajador, que solicitaba igualmente un despido discriminatorio por ser mayor de 50 años. Esta situación ha vuelto a reactivar los despidos en cualquier rango de edad. Buenos trabajadores con amplia y larga experiencia están siendo despedidos indiscriminadamente.

UGT con el apoyo mayoritario de la plantilla, rechaza los despidos que se vienen efectuando por el método del despido improcedente. Reitera su compromiso con el mantenimiento del empleo en Huawei y considera que la vía del diálogo y el acuerdo con la Representación Legal de los Trabajadores es esencial para encontrar alternativas. Ahora es el momento, esperamos un paso adelante de la empresa para explicar la situación actual y sentarse a negociar, evitar la incertidumbre sin tener que pasar por el camino del conflicto permanente que no beneficia a nadie.