Convenio Colectivo del Comercio del Metal de Madrid
Como os hemos informado previamente, UGT Huawei está participado de forma activa en la mesa de negociación del Convenio Colectivo del Comercio del Metal de la Comunidad de Madrid. Convenio sectorial de aplicación a la plantilla en Huawei. El pasado viernes día 4 de abril, se ha alcanzado un preacuerdo con la patronal, a falta de su aprobación en Asamblea de afiliados a celebrar el próximo día 22 de Abril.
De aprobarse en Asamblea, la firma con la AECIM estaría fijada para el 25 de Abril.
El convenio tendría una duración de 3 años y 9 meses y recogería un incremento inicial del 10% en las tablas salariales durante su vigencia en los siguientes porcentajes:
- Desde el 1 de Abril de 2024 hasta el 31/12/2024 – 2,5%
- Desde el 1 de Enero de 2025 hasta el 31/12/2025 – 3% revisión IPC max. 4%
- Desde el 1 de Enero de 2026 hasta el 31/12/2026 – 2% con revisión al IPC real
- Desde el 1 de Enero de 2027 hasta el 31/12/2027 – 2,5% con revisión al IPC real
- Se fijarían las revisiones y la vigencia a años naturales, con cláusula de revisión de las tablas salariales actualizable y referenciada al IPC para los años 2026 y 2027.
- Estos porcentajes serian también de aplicación a las dietas de viaje, plus de antigüedad y plus de transporte del convenio.
- Para los 9 meses ya vencidos y los meses de vigencia transcurridos del segundo periodo, las empresas deberían de pagar los atrasos antes de 2 meses a partir de la fecha de su publicación en el BOCM.
- Complemento por mejora de Productividad del 1,5% del salario convenio anual.
- Se mantendría igualmente la cláusula de limitar la compensación y absorción del 25% de los incrementos pactados para salarios por encima de las tablas.
- Se ampliarían las horas para dos permisos retribuidos, consulta médica de especialistas en 16 horas y para la asistencia a consulta de medicina general en 12 horas. Este último permiso podrá ser utilizado, además de por la propia persona trabajadora, para el acompañamiento de consulta médica o de especialista, a cónyuges, familiares ascendientes de primer grado de consanguinidad o afinidad o para hijos e hijas de hasta 16 años de edad o para asuntos escolares por hijos.