Comunicación UGT sobre Art. 44

Subrogación 106 trabajadoras y trabajadores a Eulen

Todo negocio empresarial debe de partir del objetivo de la consecución de beneficios con la venta y comercialización de bienes o servicios del ámbito económico en el que desarrolle la empresa su actividad y las personas que trabajan en ella están para la consecución de dichos objetivos mediante el desempeño de su trabajo. Es totalmente reprobable hacer negocios de manera sistemática mediante la compra/venta y el traspaso de personas entre empresas. 

La sucesión empresarial desde Huawei a una empresa multi-servicios de trabajadores y trabajadoras que previamente se incorporaron por el mismo procedimiento a la empresa, supone un paso atrás para el desarrollo profesional de cualquier persona. Recaer en un lugar que no se ha elegido libremente atenta contra la libertad del trabajador, a lo que hay que sumar el trato impersonal producto de esta situación. Bajo estas premisas en UGT estamos completamente en contra de estas prácticas empresariales, de dudosa ética, que entendemos abren la puerta a precarizar el empleo a través de sucesivas subrogaciones.

En cualquier caso, en UGT no vamos a eludir nuestra responsabilidad como sindicato mayoritario en Huawei. Vamos a focalizarnos en preservar el interés colectivo frente a otros más individuales. Consideramos que es importante preservar el empleo y entendemos que ese es el objetivo contemplado en el Art. 44 en el Estatuto de los trabajadores junto al mantenimiento de las condiciones de las personas afectadas, siempre que se cumpla con la legalidad y las condiciones necesarias para llevarlo a cabo.

Por todo ello, vamos a sentarnos a negociar con la empresa para buscar otras alternativas al Art. 44, y por otro lado, de continuar el proceso, las máximas garantías para asegurar que se mantengan y mejoren todas las condiciones actuales a la transferencia, en línea de mejorar los acuerdos alcanzados en procesos anteriores y que contaron con el apoyo de todas las fuerzas sindicales en la empresa y con la aceptación mayoritaria de las trabajadoras y trabajadores afectados.