Revisión del acuerdo previo
Os queremos informar que se ha revisado el acuerdo con la empresa sobre las formas de realizar el registro obligatorio de la jornada de trabajo para ajustarse a lo indicado en el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, con las siguientes modificaciones:
- El registro se realizará de forma automática y para toda la plantilla mediante los tornos de acceso al edificio en Madrid.
- El registro en bloque a través de la herramienta web dejará de estar disponible.
Os recordamos que en Huawei tenemos la opción de registrar la jornada a través de los siguientes métodos:
- Tornos de acceso del edificio de la sede principal (ahora activos por defecto).
- APP móvil de registro de hora de entrada/salida.
- Herramienta web
Desde UGT volvemos a recomendar a toda la plantilla el uso de la APP móvil para asegurar registrar la hora correcta de inicio y fin de la jornada. La finalidad de regular el registro de la jornada diaria de trabajo no es otro que crear un marco de seguridad jurídica. La ausencia de registros puede convertirse en una circunstancia perjudicial para las personas trabajadoras. Se trata de facilitar el conocimiento de la jornada real realizada evitando la exigencia de jornadas superiores a la legal o convencionalmente establecidas.
Invitamos a todos los trabajadores a cumplir estrictamente con su horario laboral y no regalar horas a la empresa. De constatarse jornadas extraordinarias, porque el proyecto lo requiere, está mal dimensionado o faltan recursos, las horas tienen que ser previamente aprobadas para asegurar su compensación en salario o descansos en los términos aplicables, permitiendo dar garantía de abono y cotización de las horas extraordinarias no compensadas con descansos equivalentes.