En aplicación del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre
UGT ha alcanzado un acuerdo con la empresa para compensar los costes a la plantilla en situación de teletrabajo, teniendo en cuenta los cambios establecidos en la nueva legislación de esta forma de organización del trabajo.
Como ya informamos previamente tras la publicación de la citada ley que obliga a empresa y representantes legales de las personas trabajadoras a regular las condiciones del trabajo a distancia, UGT emplazó a negociar su aplicación en Huawei para todos los casos en los que se desarrolla al menos un 30% de la jornada mediante trabajo a distancia, considerándose en ese caso, que se está en situación de teletrabajo.
Se trata de dar una respuesta inmediata a los casos existentes a la nueva normativa, manteniendo y mejorando las condiciones previas que tenían las personas sin centro de trabajo en algunas provincias, a los futuros (por ejemplo mediante una solicitud de adaptación de jornada que incluya el teletrabajo) y aseguramos que se continúen percibiendo los pluses y complementos en la situación actual como consecuencia de las medidas de contención sanitaria derivadas del COVID-19.
Con este acuerdo marco de compensación de costes ocasionados por el teletrabajo, damos un primer paso para en un futuro avanzar hacia una regulación más amplia y completa de aplicación del teletrabajo, que la ley actual enmarca en la necesaria voluntariedad de ambas partes (empresa y persona trabajadora) y en la que es necesario siempre, el acuerdo de manera individual. Igualmente no se limita económicamente a la empresa para que considere nuestra propuesta de acordar al menos un día de trabajo a distancia de manera voluntaria para la plantilla que lo desee fuera de este periodo de contingencia.