Nueva sentencia que lo avala
Se siguen sumando sentencias que avalan la indemnización adicional por despido tras apreciar daños morales al trabajador o lucro cesante. La última, la del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que, en una sentencia del 29 de noviembre, reconoce el derecho de una trabajadora a recibir una indemnización adicional por despido por los daños morales sufridos por la lesión a su derecho de tutela judicial efectiva. La trabajadora fue despedida durante un proceso judicial en la compañía donde trabajaba, para que se le reconociera su condición de indefinida en vez de temporal. Según la sentencia, esta indemnización permite “reparar adecuadamente los perjuicios morales sufridos y, al mismo tiempo, cumplir su función preventiva/disuasoria (para la empresa)”.
Otra sentencia decisiva fue la que se produjo, aproximadamente, hace un año, en la que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya avaló el pago ‘reparativo’ para restaurar el daño provocado por un despido improcedente.
Desde los sindicatos, con UGT a la cabeza, se pretende acotar las causas del despido y encarecer su coste, en especial de los despidos injustos e improcedentes, estableciendo una indemnización restaurativa y disuasoria. En este sentido, es de esperar que el Comité Europeo de Derechos Sociales resuelva este año la reclamación presentada por UGT el 24 de marzo de 2022, contra el actual sistema español de despido, que incumple lo establecido en la Carta Social Europea y el Convenio 158 de la Organización Internacional de Trabajo. El objetivo, debe ser completar la reforma laboral consensuada hace dos años por el Gobierno y los interlocutores sociales, proteger el contrato de trabajo y establecer mecanismos alternativos al despido, una cuestión fundamental para lograr un mercado laboral más justo y estable.