La carta de despido debe especificar las causas de la decisión.
La ley en España permite despedir de forma individual hasta 30 trabajadores cada 90 días (en empresas con más de 300 trabajadores) sin incurrir en un ERE (Expediente de Regulación de Empleo para despidos colectivos).
El despido individual pueden ser:
- Disciplinario. Por incumplimiento grave en la empresa o conducta inapropiada.
- Objetivo. Por causas económicas, técnicas, organizativas, ineptitud del trabajador, falta adaptación o de asistencia.
El despido puede ser declarado:
- Procedente. Sin derecho a indemnización en el caso de despidos disciplinarios y de 20 días/año para los despidos objetivos.
- Improcedente. Derecho a la máxima indemnización legal de 45-33 días/año.
- Nulo. Por vulneración de algún derecho fundamental o de conciliación, situación de embarazo o discriminación. Readmisión y cobros de los salario de tramitación.
En Huawei, hasta la fecha, la empresa lleva a cabo despidos individuales y admite de manera inmediata la improcedencia aunque debe de acudir junto al trabajador y reconocerlo como tal en el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) donde quedará obligada al abono de las cantidades de indemnización correspondientes fijadas por ley.
Si el trabajador reconoce igualmente la improcedencia del despido pero no tiene la seguridad de que el cálculo indemnizatorio presentado por la empresa sea el correcto o porque queden cantidades pendientes de recibir (finiquito, parte proporcional del bonus anual, etc.), el despido deberá cerrarse sin acuerdo de cantidades y se dispondrá hasta un año para poder reclamarlas, sin perjuicio de recibir la indemnización presentada por la empresa.
Si el trabajador considera que su despido debe ser declarado nulo al incurrir en alguna de las causas señaladas anteriormente por este motivo, deberá acudir a los tribunales.
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