Convenio Colectivo del Comercio del Metal de Madrid
Como os hemos ido informando previamente, UGT Huawei ha participado de forma activa en la mesa de negociación del Convenio Colectivo del Comercio del Metal de la Comunidad de Madrid, que es el convenio de aplicación a la plantilla en Huawei. Hoy día 8 de Julio, tras más de un año de negociación con la patronal y después de tener que salir a las calles, podemos anunciaros la firma del nuevo convenio.
El convenio con una vigencia de 3 años, recoge un incremento inicial del 8% en las tablas salariales vigentes en los siguientes porcentajes:
- Desde el 1 de Abril de 2021 hasta el 31/03/2022 – 3,5%
- Desde el 1 de Abril de 2022 hasta el 31/03/2023 – 2,5%
- Desde el 1 de Abril de 2023 hasta el 31/03/2024 – 2,0%
- Se fija una cláusula de revisión de las tablas salariales actualizable y referenciada al IPC para los años 2022 y 2023.
- Estos porcentajes serán también de aplicación a las dietas de viaje, antigüedad y al plus de transporte del convenio.
- Para el primer año ya vencido y los meses de vigencia transcurridos del segundo periodo, las empresas deberán de pagar los atrasos antes de 2 meses a partir de la fecha de su publicación en el BOCM.
- Complemento por Mejora de Productividad del 1,5% del salario convenio anual.
- Se mantiene igualmente la cláusula de limitar la compensación y absorción del 25% de los incrementos pactados (mínimo de un 2% total para los tres años de vigencia).
Desde UGT Huawei estamos satisfechos de haber podido participar y aportar en las negociaciones del mejor convenio del sector de los firmados hasta la fecha, con importantes avances sociales, algunos de los cuales ya propusimos anteriormente para el Plan de Igualdad de aplicación a la plantilla de Huawei.
- Para el segundo y tercer año de vigencia se reduce la Jornada de trabajo hasta las 1770 horas con 8 horas de libre disposición, siendo la jornada efectiva de trabajo de 1762 Horas anuales, respetándose jornadas inferiores anteriormente pactadas.
- Se recogen 2 permisos retribuidos de 8 horas cada uno que mejoran lo establecido por ley. Para la consulta médica de especialistas y otro para la asistencia a consulta de medicina general. Este último permiso podrá ser utilizado, además de por la propia persona trabajadora, para el acompañamiento de consulta médica o de especialista, a cónyuges, familiares ascendientes de primer grado de consanguinidad o afinidad o para hijos e hijas de hasta 16 años de edad o para asuntos escolares por hijos.
- Creación de una comisión técnica para el desarrollo del teletrabajo en el sector y la contratación derivada de la reforma laboral.
- Se fijan los días de acumulación de lactancia en 14 días laborables en jornadas completas siendo un permiso inherente de ambos progenitores que podrá cogerse o disfrutarse en cualquier momento hasta que el lactante cumpla doce meses.
Aunque el acuerdo queda pendiente de publicación en el BOCM (estimamos que esto pueda suceder en el mes de Septiembre u Octubre), ya lo hemos trasladado directamente a la empresa para que aplique las condiciones pactadas lo antes posible.
Quedamos a vuestra disposición si tenéis cualquier consulta sobre este asunto.