Registro control horario laboral

Denuncia presentada en Inspección de Trabajo

Los miembros del Comité de Empresa de Madrid hemos acordado en reunión extraordinaria celebrada hoy día 10 de Octubre denunciar el Registro del Control Horario Laboral implantado en la Empresa.

Entendemos que la herramienta del registro del control horario laboral en vigor implementada por Huawei tiene importantes irregularidades que no se ajustan a la ley ni cumple por tanto con el objetivo de esta, atendiendo a las siguientes consideraciones:

  • Las horas registradas se imputan en un proceso manual y con posterioridad a la jornada de trabajo realizada, con la posibilidad de hacerlo muchos días después de forma global (para todas las jornadas del mes por ejemplo) y con un horario por defecto (jornada ordinaria) que traslada la responsabilidad del registro al empleado y condiciona a los trabajadores registrar la jornada real diaria efectuada.
  • La herramienta requiere tras el horario registrado de forma manual, la aprobación/revisión del manager y estos condicionan al trabajador a consignar la jornada por defecto.
  • La falta de automatización del registro lleva en la práctica que los trabajadores no estén realizando el registro de la jornada con regularidad y además tampoco se asegura la veracidad real de los datos consignados.

Ante la falta de disposición de la empresa para avanzar hacia un acuerdo en el proceso del registro de control horario laboral a las propuestas realizadas desde la RLT en las que se les ha manifestado de forma reiterada las consideraciones antes expuestas, a la falta de dichos registros de jornada y la dilatación en el tiempo de su aplicación, se ha decidido presentar denuncia a la inspección de trabajo.

Razones para afiliarse en Huawei a UGT

Unidos Ganamos Todos

Nunca se había conocido, hasta hoy, un momento más importante y necesario para afiliarse en Huawei a UGT.

Somos el Sindicato mayoritario en Huawei y como tal lideramos las comisiones y grupos de trabajo en el Comité de Empresa de Madrid. Hemos participado directamente en la negociación del Convenio de referencia en Huawei para que los trabajadores se beneficien de una mejor distribución de las ganancias de la empresa. En este escenario, afiliarse a UGT en Huawei supone:

1. Mejores salarios y prestaciones sociales

La fuerza colectiva de UGT en Huawei permite negociar actualizaciones salariales, horarios flexibles, permisos ampliados por enfermedad, beneficios sociales, servicios especiales para empleados… El sindicato por mediación de sus Delegados, trabajadores y compañeros de tu departamento y elegidos por ti, realizamos negociaciones para obtener el mejor trato posible para TODOS los empleados, de manera que tú no tengas necesidad de hacerlo.

2. Protección personal

UGT Huawei te respalda. Nuestro sindicato te informa y defiende tus derechos. Si tu jefe te trata injustamente, puedes contar con el apoyo y la representación experta de nuestro sindicato. Un delegado de UGT es una persona de confianza a quien recurrir cuando no estés conforme con lo que pasa en el trabajo o cuando la empresa muestra conductas reprochables.

3. Igualdad

UGT Huawei defiende la igualdad salarial y de derechos, lucha contra la discriminación por causa de género, edad, o cualquier otra. Fomentamos el respeto y la dignidad en el lugar de trabajo, promovemos el teletrabajo, los derechos igualitarios de maternidad y paternidad para compartir las responsabilidades de cuidado. Estamos impulsado la actualización del plan de igualdad en Huawei, con la aportación de recursos directos desde la federación de UGT-FICA con una asesora experta en la materia y aportando propuestas como la actualización de los protocolos de acoso sexual y por razón de sexo y de acoso laboral.

4. Seguridad y Salud

UGT Huawei no permite que los trabajadores arriesguen sus vidas para cumplir los objetivos de producción o para economizar dinero a la empresa. Las únicas personas con autoridad moral para evaluar los riesgos son aquellas que enfrentan esos riesgos y con UGT Huawei puedes sentirte seguro al rechazar un trabajo peligroso sin correr el riesgo de perder tu trabajo. Nuestro sindicato organiza continuas campañas e iniciativas para lograr condiciones de trabajo más seguras, riesgos psicosociales y contra el acoso laboral.

5. Información permanente

UGT Huawei te informa permanentemente de toda la actividad laboral y sindical que afecta directamente a los trabajadores en su día a día, con envíos periódicos mensuales como nuestro boletín de Noticias Express y con una web dedicada en exclusiva a los trabajadores de Huawei www.ugthuawei.es

Únete a UGT Huawei. La fuerza de la Unión.

UGT-FICA visita Huawei España

Toma de contacto entre la Federación de UGT-FICA y la Empresa

Hoy miércoles 2 de Octubre de 2019 el Secretario General de FICA –UGT del área de Industria, Construcción y Agro de Madrid, Sr. Mariano Hoya Callosa,  junto con el Secretario General de CCOO Madrid del área de Industria, Sr. Julián Teso Hidalgo, han visitado la sede principal de las oficinas de Huawei España en la calle Isabel de Colbrand de Madrid.

Han sido recibidos por parte de la Empresa por el Sr. Zhang Peng, Subsidiary BoD member y el Sr. Chen Yu, Director de Recursos Humanos junto con algunos miembros de ese departamento y representantes de UGT y CCOO en Huawei.

Durante la visita, los Secretarios Generales de ambos sindicatos han tenido la ocasión de visitar la sala de exposición CSIT, intercambiar conocimiento sobre la actividad de Huawei en España durante los últimos años en relación a la innovación tecnológica y la perspectiva y el propósito de los sindicatos dentro de las empresas en este país, con especial atención a los problemas actuales a los que se enfrentan los trabajadores dentro de la compañía y al desarrollo futuro de soluciones que se trataran a través de sus representantes en Huawei España.

Regularización conceptos salariales en nomina

Convenio Comercio del Metal de Madrid

El pasado jueves día 26 de Septiembre nos reunimos el Comité de Empresa de Madrid con la representación de la empresa. En la reunión se nos informó que por un tema administrativo/organizativo en la nómina de septiembre únicamente se ha aplicado la subida salarial no compensable ni absorbible según el convenio de referencia (0,525% correspondiente al año 2018 y el 0,5% del año 2019) sobre el salario base y teniendo en cuenta las subidas voluntariamente aplicadas por la empresa. El Plus de Productividad (1,5% sobre el salario base anual pactado, de pago mensual y ligado al absentismo) de septiembre se abonará en un pago de atrasos a mediados de octubre y en la próxima nómina del mes de Octubre se abonarán el resto de atrasos junto a la adaptación de la nómina a los conceptos del Convenio.

Desde UGT vamos a supervisar que la regularización de la nómina a los conceptos del convenio no debe afectar a que en posteriores subidas salariales, cálculo del importe de horas extras, intervenciones, complementos de IT, prestaciones, cotizaciones o tributaciones se sigan aplicando sobre el salario total pactado y no sobre las tablas salariales mínimas según el grupo profesional del convenio.

Por otro lado los cambios deben de suponer la regularización de las subidas salariales anuales, el pago real y la actualización de los diferentes pluses del convenio (seguimos en espera todavía de resolver la interpretación de la aplicabilidad del plus extra salarial de transportes urbanos) y que la división de los conceptos salariales en el caso de que los salarios según tablas de convenio y antigüedad fueran superiores al salario pactado el empleado disfrute del incremento salarial correspondiente.

Nuevo formato Noticias Express

Referenciado a las publicaciones en la web de UGT Huawei

Este mes renovamos la forma de comunicar las noticias de interés a los empleados de Huawei. En vez de remitir el boletín mensual con todas las noticias de forma íntegra, realizaremos un envío a modo resumen de las entradas publicadas en la web en el que se podrá leer el titular y la primera parte de cada noticia, pudiendo optar a seguir leyendo pinchando en el enlace correspondiente.

Procedimiento de actuación en caso de despido

Qué hacer si te comunican un despido

Un despido laboral es desde luego una situación a la que ningún trabajador quiere enfrentarse, sin embargo es más que probable que en algún momento tengamos que hacerlo. Por ello, conocer los derechos que tenemos es indispensable. Aunque cada caso es diferente y se deben de tener en cuenta todos los factores que han llevado a dicha situación, vamos a centrarnos y explicar lo que hay que saber en torno a los despidos improcedentes para el caso de ser afectado por uno, siendo este un despido que se realiza en Huawei justificado habitualmente por la empresa en una disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo. Si la empresa no consigue probar y justificar los motivos el despido será por tanto improcedente.

Cuando el despido es declarado improcedente, la empresa puede optar entre:

  • Readmitir al trabajador en su mismo puesto de trabajo, debiendo pagarle los salarios de tramitación (situación poco habitual en Huawei).
  • Pagarle al trabajador una indemnización de 45 días de salario por año de servicio (hasta el 11/02/2012) y de 33 días de salario por año de servicio (desde el 12/02/2012 en adelante), prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año hasta, un máximo de 24 mensualidades (salvo los que hubieran iniciado su relación laboral antes de la reforma laboral, siendo su tope máximo de 42 mensualidades). Para el cálculo de la indemnización se deben de tener en cuenta las 12 últimas nóminas percibidas por el trabajador antes de la fecha del despido incluyendo todos los conceptos retributivos, salario base, bonus, horas extras, guardias, intervenciones, MIAs, TIAs, cheques de comida, plus transporte, seguro médico y seguro de vida.

Los pasos que sigue la empresa son los siguientes:

  1. La persona responsable del departamento de relaciones laborales se reúne con el trabajador.
  2. Le preguntarán si quiere que algún miembro de la RLT esté presente, ya que es un derecho.
  3. La empresa notifica el despido de forma escrita y lo justifica por el motivo indicado anteriormente o similar y adelanta si en el SMAC reconocerá o no la improcedencia del despido.
  4. En ese momento y junto a la notificación se entrega la liquidación o finiquito (días trabajados del mes en curso, días de vacaciones que correspondan, porcentaje de pagas extras, etc.) y a título informativo si fuera el caso, el cálculo realizado por la empresa correspondiente a la indemnización por despido improcedente.
  5. Se deberá firmar la notificación del despido con un Recibí NO conforme.
  6. Con la notificación, se deberá de acudir al SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación que en Madrid se encuentra en la C/Princesa, 5) y solicitar cita (esta suele darse para dentro de unos 20/30 días).
  7. En dicha mediación la empresa reconocerá o no la improcedencia del despido. Si lo hace y la cantidad es la correcta en concepto de indemnización comunicada por la empresa el día del despido, se firma delante del funcionario y el pago se realizará al mes siguiente mediante un ingreso en la cuenta habitual donde se venía percibiendo la nómina.

Diferente sería que el despido fuera procedente cuando quedaran justificadas las causas en la que se basó, es decir, cuando quede confirmado que fue ajustado a la ley o el caso de un despido objetivo o extinción por causas objetivas. De cualquier forma y como ya hemos dicho, cada caso es diferente y por tanto siempre te recomendamos que a la hora de enfrentarte a esta situación hagas uso de tu derecho y solicites la asistencia de cualquier miembro de tu confianza de la RLT en Huawei. Los delegados de UGT estamos siempre disponibles para ayudarte en todo lo que esté en nuestras manos.

Reunión Comisión Negociadora Plan de Igualdad

Cuestionarios cuantitativos para diagnostico de Igualdad

La comisión negociadora del plan de igualdad tras aprobar el pasado mes de Junio el Protocolo de prevención y actuación contra el acoso sexual por razón de sexo y tras el periodo vacacional, se ha vuelto a reunir hoy día 10 de Septiembre. PWC ha presentado el resultado de cumplimentar los cuestionarios cuantitativos de referencia del ministerio, según la información facilitada por la empresa los doce meses previos a fecha 31 de diciembre del 2018, para poder realizar junto a los cuestionarios cualitativos (datos de las encuestas realizadas a los trabajadores) el diagnostico de igualdad. Estos datos recogen información general de la empresa en areas como distribución de la plantilla por genero en apartados como la edad, departamentos, incorporaciones, bajas, bandas salariales (fijo + variable), promociones, cargas familiares, etc.

Como asesora de UGT Huawei junto al resto de la representación de la RLT, asistió la Secretaria de Política Social e Igualdad de UGT-FICA, Elena Martinez. En la reunión se repasaron todas las tablas y datos facilitados por la empresa y desde UGT propusimos y solicitamos que algunos de estos datos se desgranaran más en detalle, se aclaran algunos que considerábamos inconsistentes, se separasen los datos de los empleados expatriados de los locales para poder realizar un estudio de situación mas ajustado a la realidad de la empresa e identificar de forma clara donde se producen diferencias por genero.

El siguiente paso será una vez detallados y ordenados estos datos, sacar conclusiones y proponer acciones de corrección, teniendo en cuenta que las medidas a adoptar deben de ser siempre desde el punto de vista de la igualdad de genero y esto pasa al menos por el incremento porcentual de la presencia de la mujer en la empresa en todas las areas y departamentos, medidas correctoras de la retribución salarial percibida si fuera necesario y el fomento de acciones de corresponsabilidad en la conciliación laboral y familiar.

Incremento salarial nómina de Septiembre

En aplicación del Convenio del Comercio del Metal de Madrid

Como ya os adelantamos en un envío anterior con la publicación en el BOCM con fecha lunes 22 de Julio del nuevo Convenio del Comercio del Metal de Madrid, la empresa tenía un plazo de 2 meses para aplicar las subidas salariales y condiciones económicas que se recogían en el mismo. En espera todavía de resolver la interpretación de la aplicabilidad del plus extrasalarial de transportes urbanos, la empresa nos ha confirmado que el resto de subidas y  complementos no absorbibles ni compensables pactados (incremento salarial) y atrasos se abonaran en la próxima nómina del mes de Septiembre.

Igualmente la empresa ha aceptado la propuesta realizada desde UGT de que la subida salarial sea de aplicación a todos los colectivos de la Empresa (Colectivos de trabajadores que fueron subrogados desde ONO y Vodafone) en línea con el acuerdo anterior firmado con la RLT, sin perjuicio al mantenimiento de las condiciones previas de los trabajadores subrogados desde sus empresas de origen.

Sin olvidar nuestra solicitud histórica de negociar un convenio propio y único de empresa, nos gustaría igualmente que se tuvieran en cuenta otros aspectos que recoge el convenio al margen de los económicos, como son el teletrabajo o la desconexión digital por citar algunas.

Os recordamos que tenéis disponible en nuestra web una pequeña herramienta donde calcular el incremento salarial correspondiente de manera individual.

Permiso de nacimiento y cuidado de menor

En vigor desde el 1 de Abril del 2019

El permiso de paternidad cuenta con un periodo de suspensión total de ocho semanas, de las cuales las dos primeras, deberá disfrutarlas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto. Las seis siguientes, se pueden disfrutar hasta que el hijo o la hija cumplan 12 meses. Se amplía en dos semanas más por cada hijo o hija a partir del segundo en el supuesto de adopción, acogimiento o parto múltiple.

En el 2020 este permiso se ampliara hasta las 12 semanas y en el 2021 será de 16 semanas (igual al de la madre biológica) siendo obligatorias disfrutar ininterrumpida e inmediatamente tras el parto para cada año, las 4 primeras y las 6 primeras semanas respectivamente. El resto del permiso los progenitores pueden decidir cómo distribuirlo, en periodos semanales de forma acumulada o interrumpida los cuales deberán de ser comunicados al menos con 15 días de antelación a la empresa.

Desde UGT Huawei queremos recomendaros para ampliar información sobre este u otro asunto relacionado con la conciliación de la vida familiar, laboral y personal la web https://eltelefonoamarillodelaconciliacion.com/ de El Club de Malasmadres que se ha convertido en un grupo de presión en temas de maternidad y conciliación en España y que ha fundado la Asociación Yo No Renuncio por la conciliación, una entidad sin ánimo de lucro.

La Asociación Yo No Renuncio es una plataforma para fomentar la conciliación y trabaja en torno a tres objetivos:

  1. Ser el altavoz de las personas que tienen dificultades para conciliar, pero también de aquellas que concilian y son referentes positivos para avanzar.
  2. Fomentar la concienciación social y el cambio de valores tradicionales imperantes en la actual sociedad que suponen  una amenaza para el camino hacia la igualdad.
  3. Impulsar medidas que promuevan el cambio social en pro de una conciliación real a través del trabajo conjunto de Estado, empresas y familias.

En la web vas a encontrar cumplida y actualizada información y la posibilidad de descargar modelos de solicitud sobre adaptación de la jornada de trabajo, reducción de jornada por guarda legal, permiso de lactancia, excedencia por cuidado de hijos/as e información de otras dudas sobre maternidad, paternidad y trabajo.

Adaptación de Jornada

Conciliación de la vida familiar y laboral

Desde el pasado 8 de marzo de 2019, con la publicación del RDL 6/2019, se introdujo una modificación en el Estatuto de los Trabajadores sobre un nuevo derecho de adaptación de la jornada en función de las necesidades de conciliación de la vida familiar y laboral. La solicitud puede abarcar desde la reducción de jornada, hasta el cambio de la distribución horaria y diaria de la jornada semanal (sin reducirla), la jornada flexible, la jornada irregular, la posibilidad de solicitar el trabajo a distancia, etc.

Art. 34.8 ET establece que “Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral. Dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la Empresa”.

En el caso de que tengan hijos o hijas, las personas trabajadoras tienen derecho a efectuar dicha solicitud hasta que los hijos o hijas cumplan doce años. En la negociación colectiva se pactarán los términos de su ejercicio, que se acomodarán a criterios y sistemas que garanticen la ausencia de discriminación, tanto directa como indirecta, entre personas trabajadoras de uno y otro sexo. En su ausencia, la Empresa, ante la solicitud de adaptación de jornada, abrirá un proceso de negociación con la persona trabajadora durante un periodo máximo de treinta días. Finalizado el mismo, la Empresa, por escrito, comunicará la aceptación de la petición, planteará una propuesta alternativa que posibilite las necesidades de conciliación de la persona trabajadora o bien manifestará la negativa a su ejercicio. En este último caso, se indicarán las razones objetivas en las que se sustenta la decisión. La persona trabajadora tendrá derecho a solicitar el regreso a su jornada o modalidad contractual anterior una vez concluido el periodo acordado o cuando el cambio de las circunstancias así lo justifique, aun cuando no hubiese transcurrido el periodo previsto.

Con esta modificación se abre un antes y un después en lo relativo a la adaptación de la jornada por cuidado de hijos/as, puesto que convierte un precepto que pasaba casi desapercibido en una previsión que establece un derecho sobre la ordenación del tiempo de trabajo y forma de prestación.