Mediante aplicación del Art. 44 TRET
Ayer día 22 de Junio el responsable de relaciones laborales de Huawei Technologies España, ha comunicado al Secretario del Comité de Empresa de Madrid y a los Secretarios Generales de las Secciones Sindicales representadas, que el servicio que la compañía Orange tenía contratado a la empresa (Proyecto PMO) dejará de tener vigencia a partir del 1 de julio de 2020, motivado por la unilateral decisión del cliente, al expirar la duración del servicio contratado.
La compañía que sustituirá a Huawei en el servicio a partir de esa fecha, será APPLUS, quien asumirá mediante subrogación, con efectividad 1 de julio de 2020, los contratos de trabajo de 4 trabajadores. 5 trabajadores restantes que formaban parte del equipo PMO, continuarán prestando servicio en Huawei, mediante su incorporación a otras áreas funcionales de la compañía.
Desde UGT lamentamos una vez más que la empresa emprenda decisiones de este tipo de forma unilateral en perjuicio de los trabajadores. Se transfieren trabajadores sin haberse producido un cambio de titularidad de la empresa, centro de trabajo ni unidad productiva autónoma. A los trabajadores afectados no se les ha facilitado ningún tipo de información más allá de que el día 1 de Julio pasaran a formar parte de la plantilla de APPLUS, donde supuestamente les serán reconocidos todos y cada uno de los derechos laborales que tienen en la actualidad, y se les indica que se realizarán los ajustes que se consideren imprescindibles para que haya sujeción a las políticas y procedimientos de APPLUS.
Desde la Sección Sindical de UGT apoyados en la asesoría jurídica del Sindicato vamos a acompañar en todo momento a los afectados por esta decisión unilateral de la empresa a expensas de los trabajadores. Suscitándonos dudas esta forma de proceder y sin perjuicio de otras acciones a tomar en un futuro, hemos solicitado de forma inmediata la entrega de una copia íntegra del contrato firmado entre nuestra empresa Huawei y APPLUS, que sustenta dicho traspaso de trabajadores de una a otra empresa. Dado que se ha mantenido por nuestra empresa que la causa deviene por la finalización del contrato que en su día suscribieron Orange y Huawei hemos solicitado igualmente se nos facilite copia íntegra de dicho contrato.