Convenio del Comercio del Metal de Madrid
Tras rechazar nuevamente la empresa la aplicación de una subida salarial superior de manera generalizada para toda la plantilla, este mes vuelve a producirse una actualización de las tablas salariales del convenio sectorial. Si el IPC real publicado por el Instituto Nacional de Estadística para el segundo año de vigencia (01/04/22-31/03/23) se situara en un nivel superior al 2,5 % en dicho periodo, se efectuará, a 31 de marzo, una actualización del 50% de la diferencia del incremento del IPC real sobre el incremento pactado de las tablas salariales del Convenio, siempre sin carácter retroactivo. A esto hay que añadirle que para el tercer año de vigencia (01/04/23-31/03/24) se incrementarán las tablas salariales en un 2%.
Para el pago de las cantidades resultantes de ambos periodos, hay que esperar a la publicación del IPC real para el segundo año de vigencia por parte del INE, este suele publicarse a mediados del mes de abril, por lo que en el mejor de los casos la actualización salarial no sería efectiva hasta dentro de unos meses. Consideramos que la empresa dispone de los medios e información suficientes para evitar caer en los mismos retrasos de la actualización anterior.
Hay que tener en cuenta que la empresa va a seguir aplicando la compensación y absorción para salarios por encima de las tablas salariales, es decir solo aplicará el 25% de estas subidas. Así que para la mayoría de empleados, lo que deben de esperar es una subida del 0,5% del tercer año de vigencia y los que no hayan tenido subidas voluntarias por parte de la empresa en el segundo año de vigencia, con la actualización de las tablas según la variación del IPC, algo ligeramente superior a ese porcentaje.
En Huawei donde prácticamente toda la plantilla son personal técnico de alta cualificación, cargos intermedios y mandos, la empresa necesita tomar nota de la situación del sector respecto a los incrementos salariales pactados, a la alta inflación y aplicar subidas superiores generalizadas para todas las personas con salarios superiores a los fijados en las tablas del convenio.