Procedimiento de reclamación del resultado del PBC

Comunicado Comité de Empresa de Madrid

El Comité de Empresa de Madrid se había quejado durante años del deficiente proceso de evaluación de PBC implementado en Huawei Spain. Nos hemos quejado de las definiciones incompletas de los objetivos, del razonamiento imparcial de la evaluación, de la subjetividad que se aplica, del uso del modelo de la campana de Gauss como objetivo (y no como observación) y de la falta de un procedimiento de reclamación adecuado.

Finalmente, el año pasado, en marzo de 2019, el Director de Recursos Humanos, Chenyu, prometió al Comité implementar un proceso de revisión de los resultados del PBC. A Recursos Humanos les costó entonces otro medio año antes de empezar a trabajar en esto, pero finalmente produjo algo con lo que el Comité podría trabajar, con la presentación de una propuesta similar a la que acaban de publicar. La rechazamos, pero la revisamos con comentarios para permitir a Recursos Humanos convertirlo en un procedimiento viable.

Sin embargo, en esta publicación del procedimiento se ignoran todas las observaciones hechas por el Comité, y por lo tanto, se nos presenta el modelo que ya fue rechazado por el Comité de empresa: el procedimiento modelo “Tribunal”. En nuestra opinión el proceso presentado ha sido diseñado por la Empresa para que te haga sentir tan incómodo defendiendo tu postura delante de tu jefe y su jefe inmediato, que te lo pensarás dos veces antes de denunciar. Además, el procedimiento se ha construido para facilitar a la empresa el confirmar que tu jefe tenía razón y tú no y que no vuelvas más a quejarte.

El Comité de Empresa se ha quejado ante la Empresa por la falta de negociación en la elaboración del procedimiento, pero recibió la respuesta que esto nunca fue una negociación (¡). Por la presente, resumimos nuestros problemas que vemos con este procedimiento del Tribunal:

  • La redacción del documento no es clara. Deja dudas sobre los pasos, los interlocutores y las responsabilidades de cada rol.
  • No se especifica que sucede en caso de que no se cumplan las fechas.
  • No se especifica que información y documentación es necesario presentar a la hora de realizar la reclamación. Tampoco se define quién determina esa información a proporcionar.
  • Posible falta de imparcialidad en la fase de aclaración, ya que los evaluadores de primer y segundo nivel serían juez y parte en este procedimiento.
  • No queda claro cómo van a “investigar”, y si son necesarios más aclaraciones con el empleado, o quién lo determina.
  • Este procedimiento Tribunal está pensado para justificar la nota, no para mejorar.
  • No entendemos en que se basa la toma de decisión, ni quien lo toma.
  • No entendemos el “Plan de Mejora de Gestión”. Se da a entender que lo deberán hacer tanto evaluador como evaluado y entendemos que no ha de ser así.
  • Teniendo en cuenta que todas las reclamaciones se han de presentar en un plazo de una semana después de la publicación de la nota del PBC, puede haber un elevado número de reclamaciones en un corto espacio de tiempo y tememos que el equipo de investigación no va a tener recursos ni tiempo suficiente para terminar los procesos en plazo.
  • Nos deberían de informar del proceso (en unanimidad) a la RLT.

Invitamos a la empresa a cancelar la aplicación del procedimiento comunicado recientemente y a trabajar en la mejora del mismo junto a la RLT con el objetivo de subsanar todas estas cuestiones.